sábado, 5 de enero de 2019


Ratifican cárcel para Keiko, Figari y Mejía por delitos en campaña 2011

ELMER OLÓRTEGUI

Publicado
 hace 10 horas 
en
 5 enero, 2019
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La Sala Sahuanay confirmó la prisión preventiva de 36 meses de la jefa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori Higuchi, por fundados y graves elementos de convicción de la comisión del delito de lavado de activos porque su conducta representa gran peligro de obstaculización de la actividad probatoria y alto riesgo procesal, aun sin que exista peligro de fuga.
De este modo y a través de 3 resoluciones, la Segunda Sala Nacional de Apelaciones, liquidó la revisión en segunda instancia de las apelaciones contra las órdenes de prisión preventiva dictadas entre noviembre y diciembre del año pasado contra KF y otros seis miembros de su presunta organización criminal, por lavado de activos con fondos ilícitos de Odebrecht donados a la campaña electoral del 2011.
HACIA LA ACUSACIÓN
Globalmente, las decisiones de la Sala de Apelaciones confirman que el fiscal José Pérez Gómez “tiene un caso sólido” contra Keiko Fujimori y su presunta organización criminal, sin mayores dificultades procesales en el horizonte para completar la fase preparatoria y presentar acusación formal para juicio oral.
En medio del tumulto crítico de la política nacional debido al fallido intento del Fiscal de la Nación de separar a los fiscales Rafael Vela y José Pérez del caso Lava Jato, los fallos de la Sala Sahuanay, fortalecen y consolidan a los dos en sus puestos de primera línea en la lucha nacional contra la corrupción.
KEIKO, LA GRAN OBSTACULIZADORA
En la Resolución N° 26 del 3 de enero en curso, la Sala de Apelaciones, sobre la base de grave sospecha de lavado de activos y de la revisión exhaustiva de su conducta durante la investigación, consideró que solo la reclusión carcelaria de KFH evitará que ella obstaculice la actividad probatoria de la Fiscalía, en comparación con otras medidas menos intrusivas que no serían suficientes.
APORTE FUE PARA CONTRATOS
Los vocales concedieron valor a las manifestaciones incriminatorias del CEO Marcelo Odebrecht y de su representante en Perú, Jorge Barata, sobre el aporte de US$ 1.2 millones para la campaña electoral 2011 de Keiko Fujimori.
Y, en ese sentido concluyeron que de la política empresarial de Odebrecht y de su plan de sobornos fluye que la constructora participó en el financiamiento de la campaña keikista 2011, para ser contratada en licitaciones si la candidata ganaba las elecciones”.
No obstante desestimaron el chat “La Botica” como elemento de “voluntad criminal”, pues la propia Fiscalía no incluyó en la investigación a los chateadores (los congresistas Úrsula Letona, Héctor Becerril, Alejandra Aramayo, Leyla Chihuán, Rosa María Bartra, Karina Beteta, Daniel Salaverry y Milagros Salazar), como parte de la supuesta organización criminal investigada.
HACIA LA CASACIÓN
Como reacción ante el fallo, Keiko Fujimori dijo en Twitter que está profundamente decepcionada y su defensora legal, Giulliana Loza, anunció que la próxima semana, dentro del plazo legal, presentará un recurso de casación ante la Corte Suprema; como único camino a seguir, pues no piensa acudir al Tribunal Constitucional, vía el recurso de hábeas corpus.
En este punto hay que anotar que el recurso de casación es un medio impugnatorio extraordinario, de competencia exclusiva de la Corte Suprema que no examina el fondo del proceso.
Se aplica como control de la garantía del debido proceso y el cumplimiento de las normas procesales que protegen a los justiciables, respecto a lo resuelto por la instancia inferior. Por eso, la mayoría de esos recursos son rechazados.
SILVA, MEJIA Y BERTINI
En la Resolución N° 27, el tribunal revocó la orden de prisión preventiva contra el presunto asesor en la sombra de KFH, Vicente Silva Checa, como presunto autor de lavado de activos en forma agravada, en organización criminal, y mandó que afronte el proceso investigativo con orden de comparecencia simple.
Asimismo, el colegiado confirmó la Resolución N° 11 del 16 de noviembre de 2018, en el extremo que declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva por 36 meses, del personero legal de Fuerza Popular, Luis Mejía Lecca, en calidad de autor del delito de obstrucción de la justicia, pero la reformaron declarando infundado el pedido de prisión preventiva por el delito de lavado de activos en la modalidad de ocultamiento.
En consecuencia, Mejía Lecca seguirá tras las rejas, pero en el “Caso Keiko” solo será juzgado por obstrucción a la justicia.
FIGARI Y HERTZ
Con la resolución N° 28, la Sala de Apelaciones confirmó la prisión preventiva por 36 meses del asesor de alta confianza de KF, Pier Figari Mendoza, para seguir siendo investigado por lavado de activos agravado en organización criminal. Figari seguirá recluido en el penal Castro Castro.
Por el contrario, el tribunal revocó la orden judicial de prisión preventiva contra la también asesora de Fujimori, Ana Hertz Garfias, ordenando su libertad para que afronte la investigación sin ninguna restricción.
Las tres resoluciones fueron dictadas, por unanimidad, por los jueces Octavio Sahuanay, Jessica León e Iván Quispe
Yoshiyama fugitivo y Bertini cayó en Roma
Publicado
 hace 10 horas 
en
 5 enero, 2019
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La Resolución N° 26 del 3 de enero, también declara infundada la apelación de Jaime Yoshiyama, quien se encuentra en condición de prófugo en la ciudad de Miami, con orden de captura internacional librada por el primer juzgado de investigación preparatoria, bajo los cargos de lavado de activos en forma agravada, en organización criminal.
En la resolución 27, el tribunal rechazó la apelación de Giancarlo Bertini Vivanco y le confirmó la orden de prisión preventiva por 36 meses por lavado de activos-ocultamiento, en organización criminal.
Bertini fugó en octubre pasado a Bolivia, pero ayer la Interpol informó que lo había capturado en Italia, con cargo a un pedido de extradición.

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