Ratifican cárcel para
Keiko, Figari y Mejía por delitos en campaña 2011
ELMER OLÓRTEGUI
Publicado
hace 10 horas
en
5 enero, 2019
Por
La Sala Sahuanay confirmó la prisión preventiva de 36 meses de la jefa
de Fuerza Popular, Keiko Fujimori Higuchi, por fundados y graves elementos de
convicción de la comisión del delito de lavado de activos porque su conducta
representa gran peligro de obstaculización de la actividad probatoria y alto
riesgo procesal, aun sin que exista peligro de fuga.
De este modo y a través de 3 resoluciones, la Segunda Sala Nacional de
Apelaciones, liquidó la revisión en segunda instancia de las apelaciones contra
las órdenes de prisión preventiva dictadas entre noviembre y diciembre del año
pasado contra KF y otros seis miembros de su presunta organización criminal,
por lavado de activos con fondos ilícitos de Odebrecht donados a la campaña
electoral del 2011.
HACIA LA ACUSACIÓN
Globalmente, las decisiones de la Sala de Apelaciones confirman que el
fiscal José Pérez Gómez “tiene un caso sólido” contra Keiko Fujimori y su
presunta organización criminal, sin mayores dificultades procesales en el
horizonte para completar la fase preparatoria y presentar acusación formal para
juicio oral.
En medio del tumulto crítico de la política nacional debido al fallido
intento del Fiscal de la Nación de separar a los fiscales Rafael Vela y José
Pérez del caso Lava Jato, los fallos de la Sala Sahuanay, fortalecen y
consolidan a los dos en sus puestos de primera línea en la lucha nacional
contra la corrupción.
KEIKO, LA GRAN OBSTACULIZADORA
En la Resolución N° 26 del 3 de enero en curso, la Sala de Apelaciones,
sobre la base de grave sospecha de lavado de activos y de la revisión
exhaustiva de su conducta durante la investigación, consideró que solo la
reclusión carcelaria de KFH evitará que ella obstaculice la actividad
probatoria de la Fiscalía, en comparación con otras medidas menos intrusivas
que no serían suficientes.
APORTE FUE PARA CONTRATOS
Los vocales concedieron valor a las manifestaciones incriminatorias del
CEO Marcelo Odebrecht y de su representante en Perú, Jorge Barata, sobre el
aporte de US$ 1.2 millones para la campaña electoral 2011 de Keiko Fujimori.
Y, en ese sentido concluyeron que de la política empresarial de
Odebrecht y de su plan de sobornos fluye que la constructora participó en el
financiamiento de la campaña keikista 2011, para ser contratada en licitaciones
si la candidata ganaba las elecciones”.
No obstante desestimaron el chat “La Botica” como elemento de “voluntad
criminal”, pues la propia Fiscalía no incluyó en la investigación a los
chateadores (los congresistas Úrsula Letona, Héctor Becerril, Alejandra Aramayo,
Leyla Chihuán, Rosa María Bartra, Karina Beteta, Daniel Salaverry y Milagros
Salazar), como parte de la supuesta organización criminal investigada.
HACIA LA CASACIÓN
Como reacción ante el fallo, Keiko Fujimori dijo en Twitter que está
profundamente decepcionada y su defensora legal, Giulliana Loza, anunció que la
próxima semana, dentro del plazo legal, presentará un recurso de casación ante
la Corte Suprema; como único camino a seguir, pues no piensa acudir al Tribunal
Constitucional, vía el recurso de hábeas corpus.
En este punto hay que anotar que el recurso de casación es un medio
impugnatorio extraordinario, de competencia exclusiva de la Corte Suprema que
no examina el fondo del proceso.
Se aplica como control de la garantía del debido proceso y el cumplimiento
de las normas procesales que protegen a los justiciables, respecto a lo
resuelto por la instancia inferior. Por eso, la mayoría de esos recursos son
rechazados.
SILVA, MEJIA Y BERTINI
En la Resolución N° 27, el tribunal revocó la orden de prisión
preventiva contra el presunto asesor en la sombra de KFH, Vicente Silva Checa,
como presunto autor de lavado de activos en forma agravada, en organización
criminal, y mandó que afronte el proceso investigativo con orden de
comparecencia simple.
Asimismo, el colegiado confirmó la Resolución N° 11 del 16 de noviembre
de 2018, en el extremo que declaró fundado el requerimiento de prisión
preventiva por 36 meses, del personero legal de Fuerza Popular, Luis Mejía
Lecca, en calidad de autor del delito de obstrucción de la justicia, pero la
reformaron declarando infundado el pedido de prisión preventiva por el delito
de lavado de activos en la modalidad de ocultamiento.
En consecuencia, Mejía Lecca seguirá tras las rejas, pero en el “Caso
Keiko” solo será juzgado por obstrucción a la justicia.
FIGARI Y HERTZ
Con la resolución N° 28, la Sala de Apelaciones confirmó la prisión
preventiva por 36 meses del asesor de alta confianza de KF, Pier Figari
Mendoza, para seguir siendo investigado por lavado de activos agravado en
organización criminal. Figari seguirá recluido en el penal Castro Castro.
Por el contrario, el tribunal revocó la orden judicial de prisión
preventiva contra la también asesora de Fujimori, Ana Hertz Garfias, ordenando
su libertad para que afronte la investigación sin ninguna restricción.
Las tres resoluciones fueron dictadas, por unanimidad, por los jueces
Octavio Sahuanay, Jessica León e Iván Quispe
Yoshiyama fugitivo y
Bertini cayó en Roma
Publicado
hace 10 horas
en
5 enero, 2019
Por
La Resolución N° 26 del 3 de enero, también declara infundada la
apelación de Jaime Yoshiyama, quien se encuentra en condición de prófugo en la
ciudad de Miami, con orden de captura internacional librada por el primer
juzgado de investigación preparatoria, bajo los cargos de lavado de activos en
forma agravada, en organización criminal.
En la resolución 27, el tribunal rechazó la apelación de Giancarlo
Bertini Vivanco y le confirmó la orden de prisión preventiva por 36 meses por
lavado de activos-ocultamiento, en organización criminal.
Bertini fugó en octubre pasado a Bolivia, pero ayer la Interpol informó
que lo había capturado en Italia, con cargo a un pedido de extradición.
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